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NO HA RECIBIDO JLCyA NOTIFICACIÓN DE TRIBUNAL COLEGIADO SOBRE EL CASO «HOTEL LOS ARCOS»

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LOGO GOB BCSLa Paz, BCS.-La Junta Local de Conciliación y Arbitraje no ha sido notificada aún de la resolución del Tribunal Colegiado sobre el recurso de revisión interpuesto por la Sección 70 del Sindicato de Trabajadores de la Industria Hotelera y Gastronómica perteneciente a la CTM, en relación al estallamiento de huelga en el Hotel Los Arcos, y señaló que una vez que ello se dé mantendrá su actuación con estricto apego a los principios de imparcialidad y legalidad.

El presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje Ulises Castro Sánchez, recordó que fue la parte sindical la que recurrió al Tribunal Colegiado, luego de que con fecha 26 de junio de 2009  el Juzgado Segundo de Distrito emitiera sentencia que ampara y protege a la parte patronal para efectos de que la Junta deje sin efecto la resolución del 3 de diciembre de 2008, que declara existente el movimiento de huelga. Y con plenitud de jurisdicción emitiera un nuevo resolutivo.

El funcionario dijo que la decisión del Juzgado Segundo de Distrito de fecha 26 de junio de 2009 no es en el sentido de calificar la existencia o inexistencia de la huelga, sino que mandata a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje para que funde y motive la sentencia del 3 de diciembre de 2008, la cual declara la existencia.

Precisó que en pleno uso de su derecho fue el sindicato el que recurrió al Tribunal Colegiado el 13 de julio de 2009 para impugnar la sentencia dictada el 26 de junio por el Juzgado Segundo de Distrito, como lo hizo en su momento la parte patronal.

Dejó en claro que tanto la empresa como el sindicato decidieron llevar este asunto a las instancias judiciales de carácter federal y afirmó que para el Gobierno del Estado es importante resolver este conflicto, para lo cual ha actuado en su ámbito con estricto apego a los principios de legalidad e imparcialidad.

Ulises Castro Sánchez estimó que este día sería notificado de manera formal de esta resolución de fecha 15 de octubre de 2009 por parte del Tribunal Colegiado, por lo que una vez que ello se dé estará en condiciones de fundamentar y motivar la existencia de la huelga; fallo que emitió el 3 de diciembre de 2008.