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Congreso: Presentan iniciativa de nueva Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia

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La Paz, Baja California Sur, a 16 de Agosto de 2017.- La Diputada Maritza Muñoz Vargas presentó iniciativa para crear la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia para el Estado de Baja California Sur, así como una serie de modificaciones a la Ley Reglamentaria del Poder Legislativo de la entidad, propuestas legislativas que tienen como finalidad regular el procedimiento del juicio político en la entidad, en función de la entrada en vigor de diversas leyes que conforman en Baja California Sur el Sistema Anticorrupción.

La legisladora precisa en la exposición de motivos que tras la implementación del Sistema Estatal Anticorrupción es necesario la creación de una Ley que regule el Juicio Político y la Declaración de Procedencia en la entidad, “a efecto de que se regulen de forma especifica este tipo de procedimientos jurídicos”.

Precisa la Diputada Muñoz Vargas que tras la aprobación el pasado mes de junio del presente año de la nueva Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur quedó abrogada la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos en la que se contenía los procedimientos para realizar el juicio político, por lo que es necesario redactar una nueva normatividad en esta materia.

Señala la representante popular que ante las exigencias de la sociedad de un actuar del servidor público con total transparencia y rendición de cuentas, “es necesario tener un marco normativo adecuado a a las demandas que plantea la sociedad y por ello requerimos reglas bien establecidas que garanticen que los altos servidores públicos que incurrieren en una o varias responsabilidades durante el ejercicio de sus cargos, sean verdaderamente sancionados”.

Dice en el documento presentado a la Diputación Permanente que se debe exigir una verdadera responsabilidad en el juicio político por cometer los servidores públicos actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses de la sociedad, ataques a las instituciones democráticas; a la norma de gobierno democrático, representativo; a la libertad de sufragio; por violaciones graves y sistemáticas al derecho convencional o sociales; a los planes, programas y presupuestos de la administración pública Local y a las leyes que determinan el manejo de los recursos económicos sean de índole Local o federal; por usurpación de atribuciones; también por cualquier infracción a la Constitución o a leyes Locales cuando cause perjuicios graves al Estado, o porque motive algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones.